De conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero Núm. 286 a esta Comisión le corresponde conocer de los asuntos siguientes:
I. De las iniciativas en materia de transporte y vialidad en el Estado;
II. Los relativos a la estructura del transporte público de carga y de pasaje;
III. Emitir opinión sobre los programas de expansión y mejoramiento de transporte público implementados por el Gobierno del Estado, y
IV. Los demás análogos que, a juicio del Presidente del Congreso o de la Comisión Permanente, en su caso, le sean turnados.
2008-2012 H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero - LIX Legislatura
Trébol Sur Sentimientos de la Nación S/N Col Villa Moderna, Chilpancingo de los Bravo, Gro.