De conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero Núm. 286 a esta Comisión le corresponde conocer de los asuntos siguientes:
I. Las iniciativas que tengan por objeto, propiciar la integración de los jóvenes en la vida social, política y económica del Estado;
II. Promover y procurar que los programas y planes de las dependencias y entidades del sector público contengan acciones dirigidas al desarrollo de los jóvenes;
III. Incentivar la participación de los jóvenes en todos los ámbitos de la vida estatal y promover la realización de estudios y foros que versen sobre las condiciones de vida de los jóvenes, y
IV. Los demás análogos que a juicio del Presidente del Congreso o de la Comisión Permanente, en su caso, le sean turnados.
2008-2012 H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero - LIX Legislatura
Trébol Sur Sentimientos de la Nación S/N Col Villa Moderna, Chilpancingo de los Bravo, Gro.