De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero Núm. 286 a esta Comisión le corresponde conocer de los asuntos siguientes:
I. Los relativos a la legislación en materia de seguridad pública del Estado.
II. Solicitar a las dependencias estatales y municipales competentes.
informes sobre los programas y acciones que se implementen en materia de seguridad pública.
III. Establecer relaciones con el sistema estatal de Seguridad Pública, y
IV. Los demás análogos que, a juicio del Presidente del Congreso o de la Comisión Permanente, en su caso, le sean turnados
2008-2012 H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero - LIX Legislatura
Trébol Sur Sentimientos de la Nación S/N Col Villa Moderna, Chilpancingo de los Bravo, Gro.