De conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guerrero Núm. 286 a esta Comisión le corresponde conocer de los asuntos siguientes:
I. Los relativos a la legislación en materia de participación ciudadana en el Estado.
II. Propiciar el establecimiento de una cultura de participación ciudadana, y
III. Los demás análogos, que a juicio del Presidente del Congreso o de la Comisión Permanente, en su caso, le sean turnados.
2008-2012 H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero - LIX Legislatura
Trébol Sur Sentimientos de la Nación S/N Col Villa Moderna, Chilpancingo de los Bravo, Gro.